EPÍSTOLA DE MELCHOR OCAMPO (23 DE JULIO DE 1859)
Por Jesús Adrián Cruz Martínez Hasta hace unos años en toda ceremonia de matrimonio civil en México el juez debía de leer lo que se conoce como la Epístola de Melchor Ocampo, texto incluido en el artículo # 15 de una de las leyes de Reforma, la LEY DE MATRIMONIO CIVIL y publicada en el puerto de Veracruz por el entonces presidente de México licenciado Benito Juárez García el 23 de julio de 1859. La epístola se le atribuye al entonces Ministro de Relaciones Exteriores Melchor Ocampo, destacado liberal, originario de Maravatío, Michoacán y quien fue fusilado por los conservadores 2 años después de publicada la citada ley en Tepeji del Río, Hidalgo. El día designado para celebrar el matrimonio, señala el artículo 15 : "...ocurrirán los interesados al encargado del registro civil, y éste, asociado del alcalde del lugar y dos testigos más por parte de los contrayentes, preguntará a cada uno de ellos, expresándolo por su nombre, si es su voluntad unirse en matrimonio